Normativa patinete eléctrico Madrid
Los patinetes eléctricos se han convertido en una alternativa de movilidad urbana cada vez más popular en las ciudades españolas. Sin embargo, su uso también implica una serie de normas y obligaciones que hay que cumplir para garantizar la seguridad y el respeto al resto de usuarios de la vía pública.
En este post te vamos a explicar cuál es la normativa vigente para los patinetes eléctricos en Madrid, una de las ciudades con mayor número de usuarios de este tipo de vehículos. Así podrás circular con tu patinete sin problemas y evitar posibles sanciones.
Normas patinete eléctrico Madrid
Las normas generales para los patinetes eléctricos en Madrid se establecen en la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS) del Ayuntamiento de Madrid, que entró en vigor el 24 de octubre de 2018. Según esta ordenanza, los patinetes eléctricos se clasifican como Vehículos de Movilidad Personal (VMP) y deben cumplir los siguientes requisitos:
- Tener una única plaza.
- No superar los 25 km/h de velocidad máxima.
- No tener motor de combustión ni potencia superior a 1000 W.
- No tener elementos cortantes o punzantes.
- Tener timbre, luces y elementos reflectantes.
Además, los usuarios de patinetes eléctricos deben seguir estas normas básicas:
- Tener al menos 15 años o ir acompañados por un adulto responsable si son menores.
- Llevar casco si el patinete supera los 20 km/h o si circulan por vías interurbanas.
- No usar auriculares ni teléfonos móviles mientras conducen.
- Respetar las señales y las normas de circulación como cualquier otro vehículo.
- No circular por las aceras ni por zonas peatonales salvo autorización expresa.
Nueva normativa patinetes eléctricos Madrid
La OMS también establece una serie de zonas específicas por las que pueden circular los patinetes eléctricos en Madrid según su tipología. Estas zonas son:
- Ciclocalles: calles con prioridad para bicicletas y VMP donde la velocidad máxima es de 30 km/h.
- Carriles bici: vías exclusivas para bicicletas y VMP separadas del resto del tráfico rodado por algún elemento físico o pintura.
- Pistas bici: vías exclusivas para bicicletas y VMP integradas en el espacio peatonal pero diferenciadas del mismo por algún elemento físico o pintura.
- Calzada: parte destinada al tráfico rodado dentro del límite urbano donde la velocidad máxima es igual o inferior a 30 km/h.
La nueva normativa para patinetes eléctricos en Madrid entró en vigor el 8 de noviembre de 2021 e introduce algunos cambios respecto a la anterior. Estos son algunos de ellos:
Zona | Anterior | Nueva |
---|---|---|
Ciclocalles | Permitido | Permitido |
Carriles bici | Permitido | Permitido |
Pistas bici | Permitido | Prohibido salvo excepciones |
Calzada | Prohibido salvo excepciones | Permitido |
Como se puede observar, la principal novedad es que los patinetes eléctricos pueden circular por la calzada siempre que no superen los 30 km/h y respeten el resto de normas. Por el contrario, quedan prohibidos en las pistas bici salvo que estén señalizadas como compatibles con los patinetes eléctricos. Estas pistas bici deben estar señalizadas con un panel informativo que indique la velocidad máxima permitida y la obligación de ceder el paso a los peatones.
Normativa circulación patinetes eléctricos Madrid
Además de las normas generales y específicas para los patinetes eléctricos en Madrid, también hay que tener en cuenta otras cuestiones relacionadas con la circulación de estos vehículos por la ciudad. Algunas de ellas son:
- Los patinetes eléctricos no necesitan matrícula ni permiso de conducción, pero sí deben tener un seguro de responsabilidad civil si se usan para alquiler o uso compartido.
- Los patinetes eléctricos no pueden circular por las autovías, autopistas ni vías interurbanas salvo que exista una señalización específica que lo permita.
- Los patinetes eléctricos deben respetar la distancia de seguridad con el resto de vehículos y no pueden adelantar por la derecha ni circular en paralelo salvo que haya espacio suficiente.
- Los patinetes eléctricos deben estacionar en los lugares habilitados para ello sin obstaculizar el paso de peatones ni otros vehículos. No pueden dejarse apoyados en fachadas, árboles o mobiliario urbano.
Normativa patinete eléctrico Comunidad de Madrid
La normativa para los patinetes eléctricos en la Comunidad de Madrid depende del municipio donde se circule, ya que cada ayuntamiento puede establecer sus propias ordenanzas al respecto. Por lo tanto, es conveniente consultar las normas locales antes de usar un patinete eléctrico en una localidad distinta a Madrid capital.
No obstante, hay algunas normas comunes que se aplican a toda la Comunidad de Madrid según el Reglamento General de Circulación y las instrucciones de la Dirección General
de Tráfico (DGT). Estas son:
- Los patinetes eléctricos se consideran VMP y tienen las mismas obligaciones y derechos que las bicicletas.
- Los patinetes eléctricos deben circular por el carril bici o por el arcén si existe. Si no hay carril bici ni arcén, pueden circular por la calzada siempre que no superen los 25 km/h y respeten el resto
de normas.
- Los usuarios de patinetes eléctricos deben llevar casco si circulan por vías interurbanas o si tienen más
de 16 años y su vehículo supera los 20 km/h. También deben llevar chaleco reflectante si circulan
por vías interurbanas con escasa visibilidad o entre el ocaso y la salida del sol.
Espero que este post te haya sido útil para conocer mejor la normativa del patinete eléctrico en Madrid. Si tienes alguna duda o sugerencia, puedes dejarla en los comentarios.
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