Normativa actual Patinete Eléctrico

Los patinetes eléctricos en en España están viviendo un auténtico Boom. Es por ello que la normativa, y la legislación, está siendo revisada y actualizada constantemente.

Además, existen reglas específicas en algunas ciudades y CC.AA, como Valencia, Barcelona o Madrid.

Te explicamos cómo funciona, si tienes un patinete eléctrico, la normativa en España. Cuál es el reglamento vigente y cuáles son las obligaciones. 

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Resúmen de la nueva ley para patinetes eléctricos

A partir del 21 de marzo de 2022 entra en vigor la nueva ley de tráfico, que te detallamos a continuación en los que respecta a patinetes y VMP:

  • Limita la velocidad máxima entre 6 y 25 km/h. Por encima de esta velocidad ya no se considera al patinete un Vehículo de Movilidad Personal, VMP. Con sanción de 500€ y la inmovilización del vehículo.
  • Los vehículos con una velocidad máxima por debajo de los 6 km/h, como muchos juguetes, tampoco se consideran VMP, ni requieren una regulación de circulación especial.
  • Sólo puede ir 1 persona en el patinete.
  • Está prohibido conducir el patinete bajo los efectos del alcohol (tasa de 0,0 obligatoria), o con auriculares puestos.
  • Los usuarios de patinetes eléctricos deben circular por el carril bici. Tienen prohibido circular por las aceras, así como por vía interurbanas, travesías, autopistas, autovías y túneles urbanos3.
  • No es posible circular por las vías pacificadas, así como en parques al aire libre
  • Los carriles bicis, se pueden usar cuando la ordenanza municipal de cada localidad así lo permita.
  • Los patinetes eléctricos deben tener un sistema de frenado, luces delantera y trasera, timbre  y elementos reflectantes.
  • Los usuarios de patinetes eléctricos no necesitan permiso de conducir ni seguro obligatorio, pero sí deben llevar un documento identificativo y el certificado del vehículo.
  • Los usuarios de patinetes eléctricos deben tener al menos 16 años o ir acompañados por un adulto responsable si son menores.

La nueva normativa de la DGT para los VMP define como Vehículo de Movilidad Personal a:

  • Vehículos unipersonales
  • De una o más ruedas
  • Sin asiento
  • Que alcanzan de 6 km/h a 25 km/h
  • En el caso de los patinetes eléctricos, deben cumplir con unas dimensiones y potencia máximas: altura máxima 1.400 mm, anchura máxima 750 mm, longitud máxima 2.000 mm, potencia nominal por vehículo < 1.000 W (sin auto equilibrado) o < 2.500 W (con auto equilibrado).

Reglamento de los patinetes eléctricos: Multas 

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  • Conducir un patinete eléctrico tras haber bebido alcohol: entre 500 y 1.000 euros, e inmovilización del vehículo
  • Llevar un patinete eléctrico bajo los efectos de otras drogas: 1.000 euros, e inmovilización del vehículo
  • Negarse a la realización de los test de alcohol o drogas: puede suponer delito.
  • Usar el teléfono móvil mientras se conduce: 200 euros de sanción.
  • Superar la velocidad máxima permitida: 500€.
  • Emplear auriculares al conducir: 200 euros de multa
  • No llevar casco: solo será sancionable en municipios que obliguen a la utilización del mismo, y la multa en esos casos será de 200 euros.
  • Conducir por aceras, zonas peatonales u otras vías pacificadas: 200 euros de multa, salvo en ciudades que lo permitan expresamente.
  • Ir más de una persona sobre el patinete: multa de 100 euros.
  • No se necesita matrícula cuando conducimos un patinete eléctrico, aunque en un futuro será necesario un certificado de circulación.
  • Falta prendas reflectantes o sistema de alumbrado puede suponer 200 euros de multa, aunque actualmente está está en vacío legal.
  • Cuando se multa a un menor: los padres o tutores del menor serán los responsables de la infracción y tendrán que pagarla ellos.

Actualidad en torno a la regulación de los patinetes eléctricos.

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Normativa VMP: Dudas frecuentes

 

¿Es obligatorio contratar un seguro para patinete?

Aunque es obligatorio la contratación de un seguro en municipios como Benidorm y Alicante, es muy posible que en el futuro haya más ciudades donde sea obligatorio, a día de hoy, no es obligatorio contratar un seguro a nivel nacional

Ahora bien, es bien cierto que la DGT ha manifestado que es recomendable la contratación de un seguro como medida de protección personal y de terceros.

Si vas a emplear tu patinete eléctrico para uso personal, o para prestarlo, asegurarlo es opcional. Nada ni nadie te obliga a asegurarlo, aunque ten en cuenta que si no lo haces, y tienes un accidente, mientras conduces, todos los daños los tendrás que pagar tú.

También es cierto, que en algunas ciudades se están adelantando a la nueva legislación definitiva de la DGT y algunos municipios han lanzado su propia normativa sobre seguros para patinete, así que hay que estar al tanto.

Otro apunte importante que deberías saber, es que el único caso en el que es totalmente obligatorio asegurar tu patinete eléctrico es en el caso de que vayas a alquilarlo o utilizarlo para fines económicos con los que te lucres.

Nosotros consideramos más que recomendable teniendo en cuenta que en caso de accidente con tu patinete eléctrico serías tú quien asume las indemnizaciones por daños de todos los involucrados.

Hasta 2019 se han contabilizado unos 300 accidentes de patinetes eléctricos en 44 ciudades y en 200 de ellos hubo algún tipo de responsabilidad a cubrir por el conductor.

En algunos casos conductores de patinetes eléctricos o bicicletas eléctricas se han visto obligados a indemnizar por más de 147 mil euros a peatones golpeados en un accidente.

Puedes contratar un seguro de responsabilidad civil solo para tu patinete o bien preguntar a la aseguradora de tu hogar si te cubriría en caso de accidente, así que toma nota. Desde nuestra web, te recomendamos que te informes sobre cuales son las coberturas de los seguros que tienes que tener en cuenta para conducir con tu patinete.

¿Es obligatorio el uso de casco al conducir un patinete eléctrico?

De entrada no. Aunque en comunidades como Valencia, sí es obligatorio para personas que conduzcan un patinete de tipo B, como el Xiaomi M365 250W, o los Cecotec Bongo.

Aunque vivas en un municipio donde no sea obligatorio, por tu seguridad valora llevar un casco adecuado para ti. Un casco homologado y que respete la ley para que puedas conducir sin problemas.

Si quieres encontrar la cobertura que mejor se ajuste a tus necesidades, consulta nusetro comparador de seguro de patinete eléctrico.

¿Es obligatorio matricular el patinete eléctrico?

De momento, no es obligatorio la matriculación del patinete, ni tampoco existe el deber de pagar ningún tipo de impuesto, como ocurre con el conocido impuesto de matriculación de los coches, y de circulación.

¿Qué hacer si soy víctima de accidente conduciendo mi patinete eléctrico?

Muchas veces los conductores de patinetes eléctricos son víctimas de choques y no siempre se sabe qué hacer.

Como conductor, puedes ser víctima de diferentes tipos. Puedes colisionar con:

  • Peatones.
  • Otro scooter o bicicleta.
  • Vehículos: motos, coches, autobuses, etc.

En el caso de un accidente con un peatón o con otro scooter o bicicleta, tras asistir a quien lo requiera, es necesario analizar las circunstancias que han podido influir en el accidente.

En caso de no poseer un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños causados, puede ser que debas contactar con un abogado especialista en indemnizaciones por accidente.

Son muchas las circunstancias que pueden haber influido en el accidente y es aconsejable hacer una valoración adecuada de los daños sufridos, sobre todo en los casos en los que se es responsable personalmente.

En muchos casos la policía tendrá que intervenir para determinar la culpabilidad de una de las partes. Y si no tienes seguro (pues no es obligatorio sino opcional), la denuncia puede ser muy incierta pues el culpable puede negar los hechos. Lo mejor aquí es contar con testigos y que la policía intervenga.

¿Cómo puedo formular la denuncia si soy víctima de accidente conduciendo mi patinete eléctrico?

Muchas veces los patinetes eléctricos llevan las de perder cuando se trata de incidentes donde la víctima es el conductor de este vehículo. Esto se suele deber a que no se posee un seguro. Recordemos que los seguros son opcionales y no todos poseen uno.

Si tienes un seguro, tu aseguradora te ayudará a que se cumpla la indemnización exigida al culpable del incidente, pues pondrá a tu disposición su armamento legal para ello. Sin embargo, si no posees uno será realmente difícil lograr algo.

Si estás conduciendo una patineta eléctrica y eres atropellado por un vehículo, tienes derecho a una indemnización por tus lesiones, y por los daños del propio vehículo eléctrico.

Como en cualquier otro accidente de tráfico, tendrás derecho a elegir libremente el centro médico donde recibirás la rehabilitación de tus lesiones, al igual que podrás elegir un abogado para accidentes de tráfico, lo que te ahorrarás si tu seguro de scooter eléctrico lo cubre.

Los pasos habituales suelen ser:

  • Habla con la persona que ha provocado el accidente y pídele sus datos de contacto, su dirección y los datos del seguro (si lo tiene).
  • Reunir pruebas o documentos que demuestren el accidente por un scooter eléctrico. Aquí es donde entran en juego las fotografías del lugar de los hechos, los testigos del accidente y el informe médico.
  • A continuación, inicie una acción extrajudicial mediante una carta dirigida al causante del accidente. Esta carta debe ser lo más detallada posible para explicar todas las razones por las que el conductor del patinete eléctrico fue el causante del accidente. Tienes un año desde la fecha de alta médica de tus lesiones para hacerlo.
  • Emprender acciones legales si la otra parte no responde o si su respuesta es insatisfactoria.

¿Qué puedo reclamar en caso de accidente?

Principalmente los daños físicos, pues es posible que hayas sufrido una lesión, además de daños materiales y perjuicios. Pues durante el choque podrás perder objetos o que estos sufran daño como tu móvil, ropa o incluso tus gafas.

¿Es obligatorio usar el chaleco reflectante?

No es obligatorio llevar el chaleco reflectante. Sin embargo, sí es obligatorio llevar sistemas de luces pues los patinetes eléctricos están considerados vehículos.

Esas deben ser encendidas en los mismos horarios y lugares que se les piden a las motos y coches como durante la lluvia, en túneles y al caer la noche.

Si tu patinete eléctrico no tiene sistema de luces y además no usas prendas de
ropa reflectantes eres susceptible a una multa por poner en riesgo tu vida y la de terceros. Te recomendamos que lleves las luces encendidas del patinete durante el día y si usas ropa reflectante, lo ideal es que estas reflejen la luz a la altura de la
espalda y la cabeza.

Normativa de cada ciudad y provincia

Las distintas ciudades y municipios llevan desde hace años regulando el uso de patientes eléctricos, seegways, bicicletas eléctricas y distintos tipos de VMP mediante distintas ordenanzas municipales

A partir de la nueva norma de la DGT, estas normas quedan supeditadas al Real Decreto. Eso significa que su normativa no puede ser menos restrictiva que la vigente a nivel estatal. 

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