Normativa vigente para Patinetes Eléctricos de Valencia

Normativa para patinetes eléctricos en Valencia

La Ordenanza de Movilidad de Valencia distingue dos categorías de vehículos de movilidad personal: Tipo A, que incluyen los vehículos auto equilibrados (monociclos, plataformas) y los patinetes eléctricos de menor tamaño, y Tipo B, que incluyen los patinetes eléctricos de mayor tamaño.

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Normas de estacionamiento del patinete eléctrico en Valencia

La normativa de la ciudad del Turia, de patinetes eléctricos establece una diferencia a la hora de aparcar un patinete eléctrico entre los que son de propiedad privada y los de servicio público.

Los patinetes privados pueden aparcar en los lugares destinados para el estacionamiento de bicis.

 

En caso de no existir plazas de aparcamiento gratuitas en un radio de 50m, pueden hacerlo en otros puntos de la vía pública, así como junto a elementos de mobiliario urbano (con un plazo máximo de 72 horas).

Por supuesto sin producir ningún daño al elemento en cuestión, ni se altere su función, ni se obstaculice el tránsito de peatones o vehículos.

También puedes estacionar oblicuamente a la línea de acera y ocupando un máximo de 2 m, para que no se impida el acceso a otros vehículos, o el paso de la acera a la carretera.

Está terminantemente prohibido atar estos VMP a árboles y aparcarlos en aceras de menos de 1,80m de ancho.

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Normativa VMP Valencia: Desplazamiento

Los vehículos del tipo A se desplazarán prioritariamente, y en este orden:

  • A través de los carriles bici ubicados al nivel del pavimento sin superar la velocidad permitida de 20 km/h
  • Sobre los carriles bici situados en las aceras, a una velocidad moderada, no mayor de 15 km/h
  • Por las ciclovías de sentido único con límite de velocidad de 30 km/h, siempre que no se circule a una velocidad anormalmente baja
  • Por los carriles señalizados a 30 km/h en vías con varios carriles, siempre que no se circule a una velocidad anormalmente baja
  • Por las calles residenciales, zonas 30 y zonas de coexistencia de diferentes usuarios
  • Por las calles peatonales a una velocidad moderada, similar a la de una persona a pie, y nunca superior a 10 km/h
  • Por el Monte Público de la Devesa de l’Albufera de València, en el Parque Natural de l’Albufera, parques, jardines y sendas ciclables, con una velocidad máxima de 10 km/h.

Los vehículos de movilidad personal (VMP) de tipo B pueden circular en las mismas zonas y condiciones que los VMP de tipo A, pero están prohibidos en calles peatonales y aceras.

Normativa patinete Valencia: Casco

La obligatoriedad en el uso del casco al conducir un vehículo de este tipo, suele causar bastante confusión.

¿Es obligatorio llevar casco en Valencia al conducir un patinete eléctrico?
En los vehículos de movilidad personal (VMP) de tipo A no es obligatorio usar casco, aunque sí que es muy recomendable, tal y como dictan la DGT y el consistorio valenciano. En los VMP de tipo B el uso del casco si que es obligatorio.

A toda esta normativa hay que añadir la nueva ley de patinete eléctrico.

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No es obligatorio contratar un seguro específico para los patinetes eléctricos o vehículos de movilidad personal (VMP), pero es recomendable tener un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños a terceros, personales o materiales en caso de accidente.

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